Pensión de Alimentos ✅

Monto de Pensión Alimenticia

Según la ley de pensiones de alimentos, para determinar cómo se calcula el monto de la pensión de alimentos, lo primero que hay que saber es que por ley existe un mínimo y un máximo que puede ser pagado por el alimentante al alimentario. Pero eso no es todo para saber cuánto se paga por pensión de alimentos.

Luego, hay que distinguir si la persona demandada por pensión de alimentos tiene un hijo o más:

  • Si tiene un hijo. En este caso, el monto mínimo que por ley debe pagar por pensión de alimentos corresponde a un 40% de un ingreso mínimo remuneracional.
  • Si tiene dos o más hijos. en este caso, el monto mínimo que por ley debe pagar por concepto de pensión de alimentos corresponde a un 30% de un ingreso mínimo remuneracional por hijo.

En ambos casos, la pensión de alimentos no podrá exceder el 50% del ingreso del demandado.

Por otro lado, quería contarles que existen a lo largo de internet distintas versiones de una calculadora de pensión de alimentos. Si bien ésta podría ser de ayuda para entender aproximadamente lo que corresponde pagar por pensión alimenticia en Chile, nunca va a reemplazar la asesoría de un abogado de familia experto en la materia.

Por lo tanto, mi sugerencia es que si quieren asegurar fehacientemente un calculo de pensión de alimentos según sueldo, edad, necesidad, etc. de manera profesional, siempre consulten con un experto.

Factores económicos para determinar el porcentaje de pensión alimenticia

En segundo lugar, una vez fijados los márgenes (mínimo y máximo) dentro de los cuales se puede mover el monto de la pensión de alimentos, la pensión se fijará teniendo en cuenta además los siguientes factores económicos:

 

  • Necesidades económicas de la alimentaria: esto significa que quien demanda por pensión alimenticia, ya sea a título personal o en representación (por ejemplo, la madre en representación del hijo) debe probar en juicio cuáles son las necesidades económicas que se tienen, las cuales por lo general corresponden a gastos básicos, colegios, recreación, movilización, salud, etc. Lo anterior se debe hacer mediante comprobantes de pago de tales gastos o informes sociales otras veces.
  • Capacidad económica de las partes: se debe probar por una parte que el alimentante (es decir el demandado) tiene capacidad económica para pagar una pensión de alimentos y, a la vez, se debe probar cuánto es lo que económicamente puede soportar el demandante (o su representante legal) para hacerse cargo de la parte de las necesidades económicas que no alcanzan a ser cubiertas por el demandado.

Para determinar la capacidad económica de las partes se tienen en cuenta entonces las circunstancias domésticas de las partes como también si tienen otros hijos de los cuales hacerse cargo económicamente.

Monto mínimo y máximo

Como se indicó anteriormente, hay que distinguir si la persona demandada tiene un hijo o más:

  • Si tiene un hijo: en este caso, el monto mínimo que por ley debe pagar por pensión de alimentos corresponde a un 40% de un ingreso mínimo remuneracional.
Monto mínimo y máximo de Pensión de aliementos

Monto mínimo y máximo de Pensión

  • Si tiene dos o más hijos: en este caso, el monto mínimo que por ley debe pagar por concepto de pensión de alimentos corresponde a un 30% de un ingreso mínimo remuneracional por hijo.

 

En ambos casos, la pensión de alimentos no podrá exceder el 50% del ingreso del demandado.

¿Se puede pagar menos pensión que el mínimo?

Otro detalle sobre el porcentaje de pensión alimenticia. Es que si bien la ley establece estos montos mínimos y máximos de pensión de alimentos, muchas veces se fijan montos por debajo del mínimo, lo cual ocurre cuando se comprueba que el demandado no es capaz de cumplir con el mínimo, ya sea por su precaria situación financiera, o cuando a través de una conciliación las partes acuerdan que se fije un monto menor al que por ley se debiera pagar.

Ejemplo de la pension mínima para los hijos.

El monto mínimo establecido por la ley es un 40% de un sueldo mínimo en el caso de que sea un solo hijo, o 30 % por ciento por cada uno si son dos o más. 

Nuevo sueldo mínimo Marzo de 2019 ( 301.000)

Porcentaje por un hijo
Sueldo Mínimo 40%

                      120,400
Monto por un hijo

Porcentaje por un Hijo
Sueldo Minimo 60%

                      180,600
Monto por un hijo

Porcentaje por un Hijo
Sueldo Minimo 90%

                      270,900
Monto por un hijo

Para aclarar las cosas, por si es confuso. El sueldo mínimo a marzo del 2019 es de 301.000 pesos, con ese valor vamos a dar los siguientes ejemplos.

 Caso que el demandado tiene un solo hijo.

El padre o madre demandado por pensión debería pagar como mínimo la suma de $ 120.400  ( que es  40 % de un ingreso mínimo).

Caso que el Demandado tiene dos hijos.

 Bueno, como sabemos si quien debe pagar pensión tiene dos o mas hijos lo que corresponde pagar es un 30% por ciento del sueldo mínimo por cada uno de ellos, el 30% por ciento de $301.000  es 90.300 pesos, por lo que si son dos hijos el mínimo será 180.600 pesos.

¿ Y si son tres hijos?

En este caso son $ 90.300  pesos por tres, lo que da  $ 270,900  pesos, y así sucesivamente si son 4, 5 o 6 hijos, simplemente se va sumando el 30% por ciento de un sueldo mínimo por cada hijo.

 Si se solicitan alimentos por parte de un menor a cualquiera de sus padres, la ley presume que este tiene los recursos para pagar el mínimo legal, no hay ni siquiera que probarlo.

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Ingresos del demandado

Uno de los factores importante para calcular el monto de una pensión alimenticia es saber cuáles son los ingresos del demandado, en palabras simples, cuánto gana. Estos ingresos pueden ser, por ejemplo:

  • Sueldo.
  • Dividendos de alguna sociedad.
  • Arriendo de propiedades.
  • Otros ingresos.

No puede estar obligado a pagar la misma cantidad una persona que gana el sueldo mínimo, que un gran empresario, este es uno de los principales factores que el juez tomará en cuenta.

Gastos y deudas del demandado.

Para fijar el monto de la pensión no solo se tomará en cuenta los ingresos y bienes del demandado, también se debe considerar sus deudas de todo tipo.

Puede que alguien tenga rentas muy altas, pero al mismo tiempo tener un cerro de deudas, y no solo se consideran las deudas del demandado, también los gastos de la familia con la que vive y que dependan de el,  ejemplos de estos gastos son :

  • Las cuentas por servicios básicos (luz, agua, gas, supermercado, telefonía, etc.).
  • Dividendos que deba pagar por la vivienda en que habita.
  • Gastos de educación propia como las de su familia.
  • Gastos de movilización.
  • Pago de otras obligaciones alimenticias.
  • Etc

 En definitiva, los gastos de la vida diaria.

Por ejemplo y es un caso real, un cliente tenía ingresos por 2 millones de pesos, pero mensualmente debía gastar 1.400.000 en el tratamiento de una enfermedad grave, obviamente que este monto debía ser considerado en la capacidad de pago que tenía.

Necesidades o gastos del que recibe alimentos

Como contrapartida hay que tener en cuenta las necesidades de quien solicita alimentos, no tiene los mismo gastos un hijo que va a sala cuna, que uno que está en colegio o en la Universidad, de la misma forma no tiene los mismos gastos un niño sano que el tenga alguna enfermedad.

Si son varios los que reciben alimentos con respecto a un mismo deudor, el juez distribuirá los alimentos en proporción a las necesidades de cada uno.

Los padres aportan proporcionalmente.

Esto es muy importante, el padre o madre demandada no debe cargar con todos los gastos del menor, por regla general, los padres deben responder proporcionalmente según su capacidad económica para cubrir los gastos de los hijos, según los ingresos que tengan.

Un ejemplo muy simple para explicarlo es que si las necesidades del menor fuera de $ 600.mil pesos y los ingresos del padre fueran $ 1 millón de pesos y los de la madre $ 500 mil pesos, la proporción en que deben responder por alimentos ambos padres será de  2 a 1, por lo que al padre deberá responder por $ 400 mil y la madre por $ 200 mil.

Posición social del hijo.

Este sería el último factor tomado en consideración.

La ley establece que los alimentos deben habilitar al alimentado para subsistir modestamente de un modo correspondiente a su posición social.

La «POSICIÓN SOCIAL» del hijo es otro de los factores importantes para calcular los alimentos, las necesidades no son las mismas para hijos pertenecientes a distintas posiciones sociales, lo que para algunos podrían considerarse bienes de lujo para otro estrato social se consideran necesidades básicas, por lo tanto, necesarias, esto  la ley lo reconoce.

 Los gastos de un menor de 15 años de un estrato bajo por poner un ejemplo, no serán los mismos de un menor de la misma edad perteneciente a un estrato alto, puede que para uno de los menores tener un celular de alta gama sea lo habitual dentro de su medio, puede que para el otro no sea así.

Aunque la posición social es un concepto que no es fácil de determinar se ha señalado que la posición social del que recibe los alimentos está determinada por la profesión del demandado, sus bienes, sus ingresos y en qué condiciones vive, por lo que la posición social de una mujer casada será la de su marido y la posición social de los hijos será la de los padres y en especial del padre o madre demandado.

En el caso de los hijos esta regla tiene por finalidad que la separación de los padres no conlleve mayores perjuicios y no les haga cambiar radicalmente su nivel de vida.

¿ Qué pasa si los hijos nunca han vivido con el padre demandado?

Si nunca vivieron con el padre de todas maneras se ha tendido a mejorar las condiciones de vida de los menores tomando en cuenta la posición social de su padre.

Como vemos el cálculo de la pensión alimenticia no es algo tan automático, depende de varios factores y es muy importante que usted se encuentre bien asesorado, esperamos con este artículo haber aclarado algunas dudas

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